Respuesta rápida: si eres ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, no necesitas visado para vivir en Portugal: tienes derecho a la libre circulación desde el primer día. El único papeleo es el Certificado de Registo de Cidadão da União Europeia (CRUE), que tramitas en tu Câmara Municipal (no en AIMA) dentro de los 30 días siguientes a cumplir tres meses de residencia continua. Cuesta alrededor de 15 €, pide pasaporte, comprobante de domicilio y una declaración firmada de que trabajas, eres autosuficiente o estudias, y es válido por 5 años.

Puntos clave: el CRUE se rige por una ley completamente distinta a la del sistema de visados de residencia para no comunitarios: la Lei n.º 37/2006, que aplica la directiva europea de libre circulación, no la Lei de Estrangeiros que regula el D7, el D8 o la Golden Visa. Eso significa que nada del endurecimiento de 2025-26 en torno a los visados de AIMA, el fin de la manifestação de interesse o la preaprobación consular te afecta. Tu proceso es de verdad más ligero: sin cita en el consulado, sin tabla de ingresos mínimos, sin cita previa en AIMA para entrar al país. Donde suele haber confusión es después: qué município te corresponde, qué significa “autosuficiente” en la práctica, y qué pasa si tu pareja no tiene pasaporte comunitario.

¿Este trámite te corresponde a ti, o necesitas otro visado?

Este es el punto donde más gente se equivoca, y conviene resolverlo antes de seguir. El CRUE es solo para quienes tienen pasaporte de un país de la UE, del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega) o de Suiza. Si eres mexicano, argentino, colombiano, venezolano o chileno y no tienes ninguno de esos pasaportes, este artículo no es para ti: te corresponde un D7, un D8 o el visado de búsqueda de empleo cualificado, según tu situación, tramitado en el consulado portugués de tu país antes de viajar.

Ahora bien: si tienes pasaporte español o italiano (algo frecuente entre argentinos, venezolanos, uruguayos y chilenos con abuelos o padres europeos), esa nacionalidad es la que cuenta para Portugal, sin importar qué otro pasaporte lleves encima. Un pasaporte español dormido en un cajón cambia por completo tu ruta legal: en vez de un visado D7 con tabla de ingresos mínimos, tramitas el CRUE, sin cita consular ni ese requisito. Revisa esto primero, antes de gastar tiempo armando un expediente de visado que quizá ni te corresponde.

Si tu estancia va a durar menos de 90 días (unas vacaciones, una visita para buscar piso, unas semanas de trabajo remoto), no necesitas nada más que tu pasaporte o DNI vigente. El CRUE solo entra en juego cuando cruzas los tres meses y realmente vives en Portugal, no cuando solo estás de paso.

Una última precisión: esta guía no aplica a ciudadanos del Reino Unido. Desde el Brexit, los británicos son nacionales de un tercer país para la inmigración portuguesa y necesitan un D7, un D8 u otro visado de residencia, con un trámite parecido al de cualquier otro solicitante no comunitario. Revisa nuestra guía de visados de residencia para no comunitarios para ver cómo funciona ese proceso.

Qué es el CRUE, y por qué no es un “visado”

El Certificado de Registo de Cidadão da União Europeia es un registro, no un permiso. Portugal no decide si te deja entrar: bajo la Lei n.º 37/2006, que traslada la Directiva 2004/38/CE al derecho portugués, ya tienes el derecho de residir. El certificado simplemente deja constancia de que ejerciste ese derecho y confirma cuál de las tres bases legales usas para quedarte más de tres meses.

Esta diferencia importa en la práctica: el CRUE se emite el mismo día, en persona, en tu Câmara Municipal (el ayuntamiento de donde te hayas instalado), no en AIMA (Agência para a Integração, Migrações e Asilo), la agencia que tramita visados y permisos de residencia para quienes no son de la UE. Si has leído sobre los atrasos de AIMA y las esperas de varios meses para una cita de D7 o D8, nada de eso te afecta aquí: estás tratando con la administración local, y la mayoría de los municípios resuelven el CRUE en una sola visita.

El plazo: 30 días después de los 3 meses

La fecha límite es concreta y conviene anotarla: la propia guía municipal de Oporto indica que el trámite debe hacerse “30 dias, decorridos 3 meses da data de entrada em território nacional”, es decir, 30 días después de cumplir tres meses desde tu fecha de entrada en Portugal. La página de servicios de Cascais confirma el mismo plazo.

En la práctica: cuenta desde el día que llegaste con intención de quedarte (no desde un viaje turístico anterior), marca el aniversario de tres meses y reserva tu cita dentro de los 30 días siguientes. Algunos ayuntamientos, incluido el de Oporto, también ofrecen la opción de solicitarlo en línea, con hasta 10 días hábiles de espera, frente al mismo día si vas en persona.

¿Y si ya se te pasó el plazo? No encontramos una multa fija publicada por registrarte tarde, ni en la ley ni en las páginas municipales consultadas, y los requisitos concretos varían según el município, así que tampoco des por hecho que existe una sanción específica. Lo que sí podemos confirmar es que ir sin CRUE genera fricción más adelante: te lo pueden pedir al renovar el NIF, al solicitar ciertos productos bancarios o al avanzar hacia la residencia permanente. Si ya estás fuera de plazo, lo práctico es reservar tu cita ahora mismo y preguntar directamente en tu Câmara Municipal si necesitas algo adicional.

Cómo tramitarlo, paso a paso

  1. Confirmar la Câmara Municipal correspondiente. Es el ayuntamiento del lugar donde realmente vives, según tu domicilio registrado. Lisboa, Oporto, Cascais, Braga y demás gestionan el trámite cada uno por su cuenta, a veces bajo nombres distintos (Loja do Cidadão, policía municipal, o un servicio específico de “atendimento ao munícipe”).
  2. Pedir cita, si tu município la exige. Oporto, por ejemplo, gestiona las citas por la línea telefónica “Linha Porto”; otros ayuntamientos usan un portal en línea. En algunos lugares se atiende sin cita, pero no está garantizado: conviene confirmarlo antes de presentarse.
  3. Llevar la documentación (ver la lista más abajo).
  4. Declarar la base legal de tu estancia (trabajador, autosuficiente o estudiante) mediante una “declaração sob compromisso de honra” (declaración de honor) firmada. Es una autodeclaración, no un documento que te expide otra entidad.
  5. Pagar la tasa. Cuenta con unos 15 €, en efectivo, tarjeta o cheque conformado según el município, pero confirma el importe vigente localmente: se fija bajo la Portaria n.º 1334-D/2010 modificada, y cada município la administra por separado.
  6. Recibir el certificado. Las solicitudes presenciales suelen resolverse el mismo día.

Documentos que vas a necesitar

DocumentoNotas
Pasaporte o DNI vigenteDebe seguir siendo válido el día de tu cita
Comprobante de domicilio en el municípioContrato de alquiler, escritura, certificado de domicilio fiscal, o un atestado de la junta de freguesia. Revisa nuestra guía para alquilar un apartamento en Portugal si todavía estás buscando piso
Declaración de honorFirmada en el momento o traída ya preparada, indicando tu base legal (trabajador, autosuficiente o estudiante)
Evidencia según tu declaraciónNómina o contrato laboral (trabajador); extractos bancarios y seguro médico (autosuficiente); certificado de matrícula más solvencia económica (estudiante)
Pago de la tasaEfectivo, tarjeta o cheque conformado, monto confirmado con tu município

El NIF (número de identificación fiscal) portugués no siempre figura como requisito estricto del CRUE, pero lo vas a necesitar casi de inmediato después, para el banco, el alquiler y los suministros, así que conviene tramitarlo en paralelo. Revisa nuestra guía paso a paso del NIF si aún no lo tienes.

Las tres bases legales: trabajador, autosuficiente, estudiante

Todo solicitante tiene que encajar en una de tres categorías. No existe una casilla separada de “jubilado” como sí ocurre en el visado D7: los jubilados se registran bajo la base de autosuficiente.

BaseA quién cubreQué debes mostrar
TrabajadorEmpleado o autónomo en PortugalContrato laboral, nómina, o prueba de actividad por cuenta propia
AutosuficienteJubilados, trabajadores remotos con ingresos del extranjero, cualquiera que viva de ahorros o rentas no portuguesasPrueba de recursos suficientes (extractos bancarios como respaldo estándar) más seguro médico vigente
EstudianteMatriculado en una institución reconocidaCertificado de matrícula y prueba de fondos suficientes

A diferencia del visado D7, que fija el mínimo según la RMMG (Retribuição Mínima Mensal Garantida, el salario mínimo portugués), no encontramos una cifra oficial publicada de ingreso mínimo específica para la base de autosuficiente del CRUE. Los municípios parecen evaluar los “recursos suficientes” caso por caso, no contra una tabla fija. Lleva extractos bancarios recientes y prepárate para explicar tus ingresos si te lo piden, pero no des por hecho que el umbral del D7 (920 €/mes) aplica aquí automáticamente: esa cifra pertenece a una categoría de visado completamente distinta.

Si tu pareja no tiene pasaporte de la UE, del EEE o de Suiza

Aquí es donde se confunden muchas parejas de nacionalidad mixta, porque el trámite realmente se divide en dos:

  • (el ciudadano de la UE/EEE/Suiza) te registras para el CRUE en la Câmara Municipal, como se explicó arriba.
  • Tu pareja, cónyuge u otro familiar que califique y tenga pasaporte no comunitario solicita por separado una tarjeta de residencia como “familiar de ciudadano de la UE/EEE/Suiza”. Este trámite pasa por AIMA, no por la câmara, y sigue el mismo plazo de 30 días tras los 3 meses (o antes de que expire la tarjeta actual de tu familiar), se emite por hasta 5 años y, tras 5 años continuos, se convierte en tarjeta de residencia permanente, también a través de AIMA.

No des por hecho que tu familiar queda cubierto solo con tu CRUE: necesita su propio trámite, y ante una autoridad distinta a la tuya.

Del CRUE a la residencia permanente, y a la nacionalidad

Tres relojes que vale la pena llevar, y los tres empiezan a correr el mismo día en que te haces residente legal:

  • 5 años de residencia legal continua: puedes pedir el Certificado de Residência Permanente a AIMA, y dejas de tener que renovar el CRUE cada 5 años.
  • 7 años de residencia legal: puedes solicitar la nacionalidad portuguesa, bajo la Lei Orgânica n.º 1/2026 (la ley de nacionalidad reformada, vigente desde el 19 de mayo de 2026, que fija 7 años para ciudadanos de la UE y de la CPLP, frente a 10 para el resto). Seguirás teniendo que cumplir los demás requisitos de 2026 (examen de idioma, cultura e historia; no tener antecedentes penales que descalifiquen; y probar que puedes mantenerte económicamente), así que revisa nuestra guía completa de la nacionalidad portuguesa antes de dar por hecho que la fecha por sí sola te habilita.
  • Sin límite de tiempo: si eres español, hacerte portugués no te obliga a renunciar a tu nacionalidad de origen. El Código Civil español (Art. 24.1, tras la reforma de la Ley 36/2002) exime expresamente de esa pérdida a quien adquiere la nacionalidad de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal. En la práctica, puedes terminar con doble nacionalidad española y portuguesa sin trámite adicional de tu lado español, aunque conviene confirmar tu caso concreto con tu consulado antes de iniciar el proceso.

Mientras tanto: mantén tu CRUE (y cualquier renovación) al día. Es el rastro documental que AIMA y el IRN te van a pedir cuando llegue el momento de solicitar cualquiera de los dos hitos anteriores.

Qué resolver después

Con el CRUE en mano, la lista de pendientes se parece a la de cualquiera que se muda a Portugal:

  • NIF (número de identificación fiscal): lo necesitas para casi todo lo demás de esta lista. Consulta nuestra guía del NIF.
  • Cuenta bancaria: la mayoría de los bancos piden comprobante de domicilio y tu NIF antes de abrirte una cuenta. Nuestra guía para abrir una cuenta bancaria en Portugal explica qué llevar.
  • Registro en el SNS: una vez que eres residente legal, regístrate en tu centro de saúde local para conseguir tu número de utente y acceder a la sanidad pública portuguesa. Revisa nuestra guía de registro en el SNS.
  • Segurança Social (si trabajas o eres autónomo): vas a necesitar un número NISS para las cotizaciones. Nuestra guía de la Segurança Social para extranjeros explica el paso a paso.

Lo que de verdad importa

El CRUE es el trámite migratorio más ligero que la mayoría de la gente que se muda a Portugal va a hacer en su vida: un registro de un solo día, de unos 15 €, en el ayuntamiento de tu localidad, no un visado. Lo que importa hacer bien es justamente lo que cubrió esta guía: registrarte dentro de los 30 días tras tu tercer mes, elegir la base legal correcta (trabajador, autosuficiente o estudiante), conocer la tasa y el proceso concretos de tu município, y entender que un familiar no comunitario necesita su propia tarjeta gestionada por AIMA, no una copia de tu CRUE. Todo lo que viene después (residencia permanente a los 5 años, opción a la nacionalidad a los 7, sin perder la tuya de origen si eres español) depende de que este primer paso quede registrado a tiempo.